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Reglas • Anfitrión

San Ramón, California

Este artículo se tradujo automáticamente.

Al decidir si quieres convertirte en anfitrión en Airbnb, es importante que entiendas las leyes de tu región o ciudad. Como plataforma y mercado en línea, no ofrecemos asesoramiento legal, pero queremos proporcionarte recursos que puedan ayudarte a entender mejor las leyes y normativas aplicables. Esta no es una lista completa, pero es posible que sea un buen punto de partida para entender la legislación local. Si tienes alguna pregunta, visita directamente la página de inicio de alquileres de corta duración u otras agencias gubernamentales, o consulta a un abogado o profesional fiscal local.

Paso 1: Registra tu alojamiento para alquileres de corta duración

El Ayuntamiento de San Ramon exige que todos los alquileres de corta duración (STR) se registren anualmente.

  • Rellena el formulario de registro para alquileres de corta duración: los anfitriones deben proporcionar detalles de la propiedad, información de contacto del propietario/operador y aceptar cumplir los términos de uso para alquileres de corta duración.
  • Alquileres con anfitrión y sin anfitrión: los alquileres de corta duración con anfitrión permiten que los operadores residentes no tengan límites anuales de alquiler. Los alquileres de corta duración sin anfitrión están limitados a 12 semanas por año natural.
  • Descarga el formulario de registro
  • Envía el formulario cumplimentado a:
    • Correo electrónico: planning@sanramon.ca.gov
    • Si tienes alguna pregunta, llama a la División de Servicios de Planificación al (925) 973-2560.

Paso 2: Obtén una licencia comercial

Paso 3: Consulta los requisitos de zonificación locales

Los alquileres de corta duración deben cumplir la sección D4-27 de la Ordenanza de Zonificación del Ayuntamiento, que establece los términos y condiciones específicos para su funcionamiento. Más información sobre los requisitos de zonificación.

Información de interés para los anfitriones

Reglamente

El Ayuntamiento de San Ramon permite las estancias cortas en los distritos residenciales, pero exige que se cumplan determinadas normativas:

  1. Alquileres con anfitrión: se ofrecen mientras el propietario vive en el alojamiento, sin límite de noches al año.
  2. Alquileres sin anfitrión: limitados a 12 semanas al año.
  3. Ocupación: máximo de 2 adultos por dormitorio.
  4. Aparcamiento: primero debe utilizarse el aparcamiento en el lugar (garaje y entrada); el aparcamiento en la calle es secundario. No se permiten vehículos de gran tamaño ni estacionar en zonas ajardinadas.
  5. Usos prohibidos: los alquileres de corta duración no se pueden reservar para eventos especiales como bodas, conferencias o fiestas.
  6. Propiedades que no cumplen los requisitos: las propiedades con viviendas accesorias (ADU) o viviendas accesorias pequeñas (JADU) no pueden registrarse para alquileres de corta duración.

Todos los alojamientos que ofrecen estancias cortas deben cumplir una serie de requisitos de salud y seguridad, como tener detectores de humo, alarmas y extintores en buen estado.

Si no se registra o no cumple con la normativa, se pueden tomar medidas coercitivas, incluida la revocación del registro para alquileres de corta duración durante 12 meses.

Impuestos

Los operadores de alquileres de corta duración deben recaudar y liquidar el impuesto sobre alojamientos temporales (TOT).

  • Los pagos del TOT son anuales, excepto cuando las plataformas de anfitriones recaudan impuestos en nombre del Ayuntamiento en virtud de acuerdos independientes.

Para conocer los detalles y responsabilidades específicos del TOT, ponte en contacto con el Ayuntamiento de San Ramon llamando al (925) 973-2560.

Seguridad

Los anfitriones tienen la responsabilidad de garantizar que su alojamiento para estancias cortas cumple los requisitos de seguridad, incluidos los siguientes:

  • Instalar detectores de humo y alarmas contra incendios.
  • Proporcionar extintores.
  • Mantener las condiciones de la propiedad de acuerdo con la normativa local (por ejemplo, en lo que respecta al ruido, la basura y el mantenimiento).

Para obtener más información, consulta la sección D4-27 de la Ordenanza de Zonificación.

Otros recursos que te ayudarán a hospedar

Puedes ponerte en contacto con la administración local llamando al (925) 973-2560 o escribiendo a planning@sanramon.ca.gov.

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